#CuscoDatos. Los procesados y/o inmersos en arbitrajes con las Empresas Prestadoras Municipales de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado, no podrán acceder a cargos de directores dentro del directorio de dicha entidad, según lo estipula en el recientemente oficializado reglamento del Decreto Legislativo N° 1280 que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, hecho por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; disposición que también incluye a la EPS Seda Cusco.
El reglamento fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 009-2024-VIVIENDA, publicado el sábado 16 de noviembre en la Separata Especial del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
En el artículo 58 subtitulado “Impedimentos para ser director”, en el inciso Nro. 7, advierte que: “Las personas que sean parte en procesos judiciales y/o procedimientos arbitrales, admitidos a trámite o con acusación fiscal, según sea el caso, que involucre los intereses de la empresa prestadora y que no cuenten con sentencia con calidad de cosa juzgada, en los siguientes casos: iniciados contra la empresa prestadora municipal; iniciados por la empresa prestadora municipal; o, por el Ministerio Público en materia penal”.
EPS SEDACUSCO
En la actualidad los integrantes del directorio de la EPS Seda Cusco afrontan investigaciones en la Fiscalía Anticorrupción del Cusco, por presuntos delitos de corrupción en agravio de la entidad prestadora de agua potable, pero el nuevo reglamento no se podría aplicar a los ya designados directores debido a que la norma no es retroactiva.
Lo que, si va ocurrir en el directorio de la EPS Seda Cusco, es la designación del nuevo integrante del directorio que representa a la sociedad civil, puesto que el periodo por el cual fue elegido el cuestionado director Juan Figueroa ya feneció a inicios de este año y se esperaba la oficialización del nuevo reglamento.