#CuscoDatos. En el distrito de Wanchaq convocó a una sesión extraordinaria para este 24 de noviembre para analizar la solicitud de vacancia presentada contra el regidor Sorel Manuel Peña Castillo, quien habría permanecido 62 días consecutivos fuera de la jurisdicción distrital sin la debida autorización, una causal prevista en la Ley Orgánica de Municipios.
La medida se origina en una denuncia interpuesta por un vecino ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Tras recibir el reclamo, el JNE derivó el caso a la Municipalidad de Wanchaq para que, en una sesión extraordinaria, se trate el pedido y se garantice el derecho de defensa del regidor implicado.
LA CAUSAL: AUSENCIA INJUSTIFICADA
El artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que el cargo de regidor o alcalde se declara vacante por “ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal”.
Según la solicitud de vacancia, la cual adjunta el registro migratorio del edil como prueba, Sorel Peña salió del Perú el 28 de diciembre de 2024 y retornó el 28 de febrero de 2025, lo que suma un total de 62 días consecutivos fuera del país, superando ampliamente el límite legal.
ASISTENCIAS VIRTUALES Y FALTA DE PERMISO
Durante ese periodo de dos meses, se llevaron a cabo seis sesiones ordinarias de concejo de carácter presencial. De acuerdo con los registros, el regidor Peña participó en estas sesiones de manera virtual.
Al ser consultados, no se encontró evidencia de que el Concejo Municipal hubiera emitido algún permiso o licencia que autorizara la ausencia del regidor Peña Castillo del distrito entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, requisito fundamental para exceptuar la causal de vacancia.
PROCESO Y RECURSOS
Independientemente del resultado de la sesión de concejo –ya sea que se apruebe o no la vacancia–, la decisión está sujeta a un recurso de reconsideración ante el mismo cuerpo edil, que debe interponerse en un plazo de 15 días hábiles.
Contra el resolutorio de la reconsideración, se puede apelar ante el JNE. Todo el expediente será remitido a la entidad electoral, que dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para emitir un fallo definitivo e inapelable.
DATO ADICIONAL
El regidor Sorel Peña Castillo obtuvo su escaño en el Concejo Municipal de Wanchaq por el partido político Auto Gobierno Ayllu.