Regional | 14/04/2024 20:24:37

IMPLEMENTAN SERVICIO DE PAGO VIRTUAL EN LA UNIVERSIDAD DE ARTE QUE NO SE UTILIZÓ

Lilián Luna

Por este sistema se pagó 15 mil soles, lo que generó un perjuicio a la entidad educativa.

   

 
 
#CuscoDatos. La Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco (UNADQTC), en el 2021 contrató y pagó por el servicio de desarrollo e implementación de sistema de pago virtual y tasas educativas, que no puede ser utilizado porque no cuenta con alumnos universitarios, hecho que fue descubierto por la Contraloría General dela República en su informe de control Específico N° 003-2024-2-4461-SCE. Estas irregularidades se originaron por el accionar de tres funcionarios de la universidad, quienes elaboraron y aprobaron el proyecto y subproyecto, sin que estos contaran con un marco normativo y motivaron la contratación del servicio. La entidad de control recomendo el inicio de acciones civiles y procedimientos administrativos contra Raimar Abarca, José Fernández y Carlos Aguilar. En la universidad se aprobó y ejecutó el proyecto y subproyecto “Desarrollo e implementación de sistema de planificación de recursos empresariales universitarios”, cuyo fin era el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad establecida en la Ley N 30220, Ley Universitaria, como parte del proceso de licenciamiento institucional. Sin embargo, el reglamento establece que solo deben contar con el Plan de Implementación de los sistemas integrados de información. Se evidenció que la adquisición del servicio en mención, no tenía una finalidad pública basada en una necesidad objetiva, ya que la casa de estudios no contaba, ni cuenta, con alumnos universitarios, debido a que aún no cuenta con el licenciamiento para su funcionamiento. Los actuales estudiantes pertenecen a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco (ESABAC) y no de la UNADQTC, hecho que fue advertido al momento de realizar el requerimiento para la contratación del proyecto. Los resultados del informe fueron comunicados al titular de la entidad a fin de que se realice el deslinde de las responsabilidades que correspondas y disponer el inicio de las acciones legales contra los funcionarios y servidores comprendidos en los hechos de irregularidad.