#CuscoDatos. El Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitoria de Flagrancia condenó a Abelina Hermoza Huamán a dos años y seis meses de pena privativa de la libertad suspendida, por el delito de actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres. El hecho ocurrió en el distrito de San Jerónimo, cuando la sentenciada lanzó a su mascota desde el cuarto nivel de su domicilio, causándole la muerte de manera inmediata. Vecinos del lugar, al presenciar el acto, alertaron a la policía, quien inició las diligencias correspondientes.
REPARACIÓN CIVIL
Además de la pena suspendida –lo que significa que no irá a prisión si cumple con reglas de conducta durante el período de prueba–, el órgano jurisdiccional dispuso el pago de 800 soles como reparación civil. Asimismo, impuso una medida de inhabilitación conforme al artículo 36 del Código Penal, que la incapacita temporalmente para la tenencia de animales.
la controversia: una pena menor
Según el Artículo 206-A del Código Penal, bajo la Ley 30407, matar a un animal doméstico por crueldad es un delito cuya pena contempla de 3 a 5 años de prisión, además de multa e inhabilitación.
No obstante, la discrepancia entre la pena máxima prevista en la ley (3 a 5 años efectivos) y la condena finalmente aplicada (2 años y 6 meses suspendidos) pone en evidencia el debate sobre la aplicación real de las sanciones en casos de maltrato animal extremo. Los protectores de animales insisten en la necesidad de que el Poder Judicial utilice todo el rigor permitido por la ley para desincentivar este tipo de conductas.
POSTURA JUDICIAL
La Corte Superior de Justicia del Cusco, a través de información difundida en sus redes sociales, reiteró su rechazo a cualquier acto de crueldad contra los animales e instó a la ciudadanía a denunciar estos hechos. Afirmó que, como en el presente caso, los actos serán sancionados conforme al marco legal vigente.