Regional | 22/07/2022 10:30:32

CANDIDATURAS DE ALIANZA PARA EL PROGRESO CAEN POR POSTULANTES SENTENCIADOS

Lilián Luna

Luis Florez (Cusco), Ciriaco Condori (Calca) y Willy Cuzmar (Wanchaq), buscan participar en elecciones regionales y municipales 2022 y para muchos son los favoritos.

   

 
 
#CuscoDatos. Al menos tres candidatos sentenciados de Alianza Para el Progreso pretenden participar de las elecciones regionales y municipales del 2022, pese a que están impedidos por norma, candidaturas fueron declaradas improcedentes por los Jurados Electorales Especiales de Cusco y Urubamba, lo que evidencia que las candidaturas se caen por los postulantes condenados. LUIS FLOREZ El candidato favorito para ocupar nuevamente la alcaldía del Cusco, Luis Florez, el 25 de enero del 2019, fue sentenciado a una pena privativa de libertad de cuatro años suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de tres años, condena que sigue vigente, por el delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad de trabajo, subtipo atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Además, el candidato conocido como “papá lindo”, omitió colocar la sentencia que pesa en su contra en la hoja de vida del Jurado Nacional de Elecciones, omisión que lo excluye de los comicios regionales y municipales, señala el Jurado Electoral del Cusco (JEE-Cusco). A través de un comunicado el candidato señaló que la decisión del JEE-Cusco, iba a ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y se está a la espera de la respuesta. CIRIACO CONDORI Otro candidato favorito fue Ciriaco Condori, quién intentó postular nuevamente a la alcaldía provincial de Calca pero quedó fuera de la contienda electoral. Condori fue sentenciado hasta en cuatro oportunidades; uno por el delito de falsificación de documentos, emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Calca, con fecha de sentencia firme el 9 de junio de 2015, condenado a 2 años de pena privativa de la libertad y 1 año de inhabilitación, sentencia suspendida; pena cumplida y rehabilitado. La segunda sentencia impuesta contra Ciriaco Condori fue de 3 años de pena privativa de la libertad suspendida, por el delito de peculado doloso, emitida por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, el 9 de diciembre de 2013, pena cumplida. La tercera condena fue por el delito de falsedad ideológica, emitida por el Juzgado Unipersonal de Calca, con una pena de 3 años, modalidad suspendida. Y la cuarta por el delito de usurpación de funciones, emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de Calca, con fecha de sentencia firme el 16 de mayo de 2018, con pena absuelta y cumplida. Cabe señalar que de acuerdo con la Ley Nº 30717, en el artículo 3, inciso h, no pueden ser candidatos en las elecciones municipales: "Las personas que, por su condición de funcionarios y servidores públicos, son condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios; aun cuando hubieran sido rehabilitadas". Fue el Jurado Electoral Especial de Urubamba, declaró improcedente la candidatura de Condori, apeló el falló y el Jurado Nacional de Elecciones declaró infundado la apelación y ratificó la improcedencia de la inscripción de Ciriaco Condori Cruz. WILLY CUZMAR El exalcalde de Wanchaq, Willy Cuzmar cuenta con una sentencia confirmada en segunda instancia, que lo condenó a cuatro años, suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de usurpación por despojo de posesión. En la actualidad el caso se encuentra en la Corte Suprema de Justicia de la República, porque Cuzmar interpuso un recurso extraordinario de casación. Al respecto el Jurado Electoral Especial del Cusco, concluyó: “El candidato Willy Carlos Cuzmar del Castillo ha sido sentenciado por delito doloso en la condición de coautor, lo que basta para que sea excluido del proceso electoral 2022, en atención al artículo 34-A de la Constitución Política,…”.