Regional | 21/02/2020 22:42:51

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO SE ATRIBUYE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS EN RUTA HIRAM BINGHAM, VÍA QUE CONDUCE A MACHUPICCHU

Lilián Luna

Tremenda “equivocación” del director de Trasportes y Comunicaciones, Jorge Muñiz al afirmar en un informe escrito que ruta a Machupicchu es de competencia regional en temas administrativos cuando le corresponde a la Municipalidad Provincial de Urabamba.

   

 
 
Mientras las organizaciones sociales de la provincia de Urubamba, representada por el Frente de Defensa exigen la licitación de la ruta Hiram Bingham, vía que conduce a Machupicchu, un documento emitido por el director regional de Trasportes y Comunicaciones, Jorge Muñiz refiere que las competencias administrativas de esta vía es de la entidad que dirige, lo cual ha generado una serie de conflictos y una posible traba para la nueva licitación. En el informe Nro. 259, enviado por el director de Trasportes y Comunicaciones, Jorge Muñiz señala textualmente: “…, concluye que la vía departamental CU-108 (ruta Hiram Bingham), es de competencia regional, su administración y mantenimiento corresponde a la DRTCC y con respecto a las facultades y atribuciones de la Municipalidad Provincial de Urubamba no tiene ninguna respecto a la carretera CU-108 por tratarse de una ruta departamental”. El conflicto estaría en la competencia administrativa que se atribuye la Dirección Regional de Trasportes y Comunicaciones entidad del Gobierno Regional del Cusco; el mismo director, Jorge Muñiz admitió este “error”, en plena sesión de Consejo Regional. “Me parece que, si efectivamente el documento no está expresado bien, motivo por el cual ni bien termina la sesión tendré que sacar un documento de rectificación y aclaración al asunto para que quede bien claro este tema, que básicamente lo que se ha tratado de expresar es que, nosotros sí somos encargados del mantenimiento y en el tema administrativo es el tema netamente la autorización de circulación, más no así el tema este de las concesiones, que vuelvo a reiterar es un tema netamente del alcalde provincial”, señaló el director de Trasportes. DATO. COMPETENCIA. En el documento de abogacía de la competencia en el mercado de servicio de trasporte turístico de acceso a la ciudadela inca de Machupicchu, menciona que en la Ley Nro. 27181, Ley General de Trasporte y Tránsito Terrestre, en su artículo 17: “las municipalidades provinciales se encargarán de dar en concesión, en el ámbito de su jurisdicción, los servicios de trasporte terrestre…”; en este caso las competencias de concesión de la ruta Hiram Bingham es de la Municipalidad Provincial de Urubamba.