Regional | 04/04/2021 22:30:56

JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA-OESTE CONTINÚA PROCESO SANCIONADOR CONTRA ENCUESTADORA “CESAR CARRANZA”

Lilián Luna

CTC, al no haber difundido el informe de la encuesta se procederá con comunicar al Consejo de Prensa Peruana y al Consejo Consultivo de Radio y Televisión.

   

 
 
#Elecciones2021. El Jurado Electoral Especial Lima Oeste 1, continúa con el procedimiento sancionador contra la encuestadora “Asociación Civil Círculo de Estudios e Investigación Carranza”, que publico y difundió una encuesta de intención de voto, el 14 de febrero, en un programa televisivo “Ronda Política” de canal 2, conducido por el candidato al Congreso de la República, Alejandro Soto Reyes a quien la encuestadora le dio el primer lugar en la preferencia de la población cusqueña. Según la denuncia la encuestadora “Asociación Civil Círculo de Estudios e Investigación Carranza”, no presentó el informe técnico de la encuesta y en los plazos establecidos, esto está establecido en el artículo 19 del reglamento sobre encuestas electorales durante los procesos electorales, aprobado por Resolución Nro. 0309-2020-JNE. “…, las encuestadoras deberán presentar el informe dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la encuesta electoral y/o simulacro de votación en los medios de difusión señalados en el artículo 16 del Reglamento”, se lee en el artículo 19. Según el informe legal Nro. 047-2021-LYGD, del coordinador legal concluye: “ha incumplido lo señalado en el artículo 19° del Reglamento sobre encuestas electorales durante los procesos electorales, al no haber presentado el informe de la encuesta sobre intención de voto realizada el 10 al 13 de febrero de 2021, difundida el 14 de febrero en el medio de comunicación denominado CTC Compañía de Televisión Cusqueña”; por tal motivo se inicia el proceso sancionador el 26 de febrero. CTC En caso del medio de comunicación Compañía de Televisión Cusqueña (CTC), que difundió la encuesta de intención de voto debió publicar conjuntamente con los resultados, el informe técnico, consiste en; número de registro de la encuestadora en el Registro Electoral de Encuestadora (REE) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), nombre de la encuestadora, financiación del estudio, tamaño de la muestra, margen de error, nivel de confianza, fecha de realización del trabajo de campo, puntos de muestreo, página web, cuestionario para estudio de intención de voto, y cédula para simulacro de votación, según señala la Resolución Nro. 02551-2021-JEE-LIO1/JNE. Si en caso el medio de comunicación en este caso Compañía de Televisión Cusqueña (CTC), incumplió con la publicación del informe de la encuesta se comunicará al Consejo de Prensa Peruana y al Consejo Consultivo de Radio y Televisión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en lo que corresponda. ENCUESTADORA. “Cusco Datos” se comunicó con el representante de la encuestadora “Asociación Civil Círculo de Estudios e Investigación Carranza”, Vladimiro Guevara y señaló que el Jurado Electoral Especial Lima Oeste 1 archivara este caso. Argumenta que no se hizo una encuesta de intención de voto o de simulación de voto, sino que fue una “consulta sobre la opinión de la población” y precisa que no necesitaba presentar la ficha técnica. Sobre un presunto favorecimiento al candidato Alejandro Soto Reyes, el representante de la encuestadora señaló que es totalmente falso, asegura que Alianza Para el Progreso luchara por un cuarto o quinto escaño para el Congreso en la región del Cusco.